Espacios Culturales Independientes – Proyecto de Ley – N° 32.728

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1°.- Objeto. La presente Ley tiene por objeto establecer un régimen para el fomento y protección de la actividad cultural desarrollada en los Espacios Culturales Independientes, posibilitando su funcionamiento y desarrollo. 

Artículo 2º.- Denominación. Denomínase “Espacio Cultural Independiente” al espacio no convencional y/o experimental y/o multifuncional donde se realice la producción, formación, investigación y promoción del arte y la cultura en sus diversas manifestaciones: artes escénicas (danza y teatro), música, artes plásticas, literatura, medios audiovisuales, exhibiciones de artes visuales, proyecciones multimedia, charlas, conferencias, educación formal y no formal, otras expresiones culturales y cualquier actividad de carácter formativa relacionada con todas las manifestaciones tangibles e intangibles del arte y la cultura.

Artículo 3°.- Registro: Créase el registro único de Espacios Culturales Independientes de todo el territorio provincial, con el fin de contar con una nómina de los mismos para promover y proteger su actividad.

Artículo 4°.- Beneficios y exenciones: Los Espacios Culturales Independientes registrados podrán solicitar subvenciones específicas acorde a sus necesidades y serán incorporados como beneficiarios del Programa Tarifa Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la provincia.

Artículo 5°.- Comisión Promotora: Confórmase la Comisión Promotora de los Espacios Culturales Independientes que tendrá a su cargo categorizar y redactar informes periódicos de dichos espacios, detallando las necesidades de cada uno.

Artículo 6°.- Invitase a las municipalidades y comunas a adherir a la presente Ley y a realizar las adecuaciones pertinentes para habilitar como tales a los establecimientos reconocidos en la misma en dichas jurisdicciones.

FUNDAMENTOS

Este proyecto es el producto de una elaboración colectiva, realizada junto a referentes de la cultura local, que nos plantearon sus demandas y dificultades ante la imposibilidad de habilitar sus Espacios Culturales como tales, debido a que no existe hoy en la provincia un encuadre legal para ellos. Es importante mencionar que existe en diversos lugares del país, normativas similares a la que traemos a discusión y que en esos lugares se ha favorecido, a partir de esas leyes, enormemente la actividad artística y cultural de los Espacios Independientes.

Es fundamental poner en contexto también este proyecto. Venimos de un año muy atípico y extremadamente duro para la cultura. El aislamiento obligatorio y luego las medidas de distanciamiento han significado un parate para el sector. Debemos decir además que la segunda ola que estamos transitando pone sobre el tapete nuevamente la necesidad de reducir la circulación y el contacto, medidas que vuelven a dificultar la labor de los espacios culturales independientes. 

Al respecto es interesante mencionar algunos datos que surgen de una Encuesta Nacional de Cultura realizada por el Ministerio de Cultura de la Nación. En cuanto a las organizaciones o establecimientos culturales, el 89% son independientes o comunitarios y el 84% no tienen más de 25 personas trabajando. Es decir, una amplísima mayoría están en condiciones de encuadrarse en el proyecto que estamos debatiendo y al día de hoy en nuestra provincia no tienen una figura que los contemple. 

Además se agregan datos sobre las personas que trabajan en la cultura: el 67% de ellas realiza su actividad de manera independiente y el 50% no logra sobrevivir con los ingresos que provienen de la actividad cultural; en la misma sintonía más del 50% no tiene cobertura de salud. Con el aislamiento, muchos han tendido a virtualizar su actividad, pero sin recursos y con enormes dificultades. El 60% de ellos no percibió remuneración alguna por la actividad realizada.

Esa rápida radiografía es sobre la cual debemos legislar. Y corresponde tomar medidas efectivas para recuperar y defender el derecho humano de toda la población a la cultura. Atento a esto, hemos presentado proyectos de carácter más coyuntural, como el de emergencia cultural, que por las circunstancias en las que estamos, continúa teniendo vigencia. Entendemos además que hacen falta medidas más profundas y perdurables en el tiempo. De eso se trata la presente ley: definir exactamente qué son los espacios culturales independientes para reconocerlos, protegerlos y promoverlos. Instando a que en cada municipio y comuna, esta ley sea adoptada para habilitar dichos espacios y los mismos puedan funcionar y desarrollarse plenamente, atendiendo a las singularidades del sector. Facilitar a los gestores culturales la habilitación y el funcionamiento de sus actividades culturales, así como también el acceso a políticas públicas que hoy presentan trabas para los espacios independientes. 

Esta ley no contempla sólo las necesidades de los trabajadores de la cultura. Es una ley para todas las cordobesas y cordobeses que tienen el derecho de disfrutar de la cultura, sin una lógica mercantil ni espacios hegemónicos. Por todo lo dicho, es que invito a mis pares a acompañar el presente proyecto.

Legisladora Luciana Echevarría