Ley de Salud Mental – casas de medio camino – Pedido de informe – N° 30.040

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA RESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el Art. 102 de la Constitución Provincial, para que a través del Ministerio de Salud de la provincia en el plazo de 10 (diez) días, se sirva informar:

1- ¿Cuántos hospitales de día, centros de día y casas de medio camino, talleres protegidos artístico-culturales, programas de rehabilitación socio-laboral y microemprendimientos, atención domiciliaria en salud, servicios de emergencia en salud mental, centros comunitarios de salud mental y acompañamientos terapéuticos o cualquier dispositivo alternativos al Hospital se crearon en la ciudad de Córdoba desde la sanción de la Ley 9848?

2- ¿Dónde se encuentran ubicados dichos establecimientos? 

3- ¿Cuentan con presupuesto específico? Si es así indique el monto exacto y la distribución del mismo.

4- ¿Con qué personal cuentan y qué tareas desempeña el mismo?

5- ¿En qué grado de avance se encuentra la transformación de los servicios, establecida en el artículo 27 de la Ley 9848?

Luciana Echevarría

Legisladora Provincial- MST Nueva Izquierda

FUNDAMENTOS

La ley de Salud Mental de nuestra provincia está pronta a cumplir diez años de su aprobación. Es un plazo más que suficiente para hacer una evaluación de su implementación.

En su artículo 27 la Ley establece lo siguiente:  “Transformación de instituciones y servicios. A los fines de dar cumplimiento a la presente Ley, la planificación sanitaria deberá considerar la paulatina transformación de las instituciones y servicios de salud mental actualmente existentes y la creación de nuevas instituciones y programas en salud mental; tales como hospitales de día, centros de día y casas de medio camino, talleres protegidos artístico-culturales, programas de rehabilitación socio-laboral y microemprendimientos, atención domiciliaria en salud, servicios de emergencia en salud mental, centros comunitarios de salud mental y acompañamientos terapéuticos”. 

Estas acciones se deben realizar para cumplimentar con el objetivo estratégico de la Ley que indica la transformación del Sistema de Salud Mental de la Provincia para garantizar derechos plenos a los usuarios. 

La experiencia indica que estos objetivos están lejos de cumplirse y que las tareas desempeñadas por el Ministerio de Salud en la ciudad de Córdoba para arribar a ellos han sido por demás escasas, poniendo en riesgo la salud mental de toda la población. Por este motivo es que solicitamos tenga bien responder al siguiente pedido de informe.

Luciana Echevarría

Bloque MST Nueva Izquierda