LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en cumplimiento del art. 102 Constitución Provincial, informe a la Legislatura en un plazo de 5 (cinco) días de manera detallada
1- ¿Por qué habiendo cumplido el plazo de 180 días no se ha procedido a reglamentar la Ley Nº 10.636, tal como preveía el artículo Nº 11 de dicha ley?
2- ¿Qué procedimientos se han realizado para avanzar hacia la reglamentación? ¿En qué plazo se va a cumplir con la misma?
3- Teniendo en cuenta que la Legislatura está abordando el Proyecto de Presupuesto 2022 y que en el mismo no hay partida específica destinada a ésta Ley: explique cuál es el presupuesto que necesitan para ponerla en marcha y que partidas deberían reasignarse a tal fin.
FUNDAMENTOS
La ley 10.636 del Abogado del Niño se aprobó en el año 2019, con el fin de formalizar esta figura que se prevé desde la Convención de los Derechos del Niño de 1989. Sin embargo, se venció el plazo de reglamentación de 180 días que estaba establecido en la propia ley.
Es responsabilidad del Estado garantizar los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, y cumplir con los compromisos asumidos en la adhesión a convenciones internacionales en materia de derechos de las infancias. Por eso, solicito se brinde pronta respuesta al presente pedido.
Legisladora Luciana Echevarría
Bloque MST Nueva izquierda
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