Intérprete de Lengua de Señas Argentina para las sesiones legislativas – Proyecto de Ley – Nº 30.515

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA 

SANCIONA CON FUERZA DE LEY 

Artículo 1°.- Se establece la obligatoriedad de traducir a la Lengua de Señas Argentina (LSA), las transmisiones de las sesiones de la Legislatura de la provincia de Córdoba, a través de sus canales oficiales.

Artículo 2°.- A los fines del cumplimiento del artículo primero, es obligatoria la participación de un Intérprete especializado en Lengua de Señas Argentina (LSA).

Artículo 3º.- El Poder Legislativo arbitrará los medios necesarios para garantizar la disponibilidad de intérpretes para el caso.

Artículo 4º.- De forma.

Leg. Luciana Echevarría

Bloque MST – Nueva Izquierda

FUNDAMENTOS

Los debates que se realizan en el Poder Legislativo provincial y las definiciones que se toman, afectan a la totalidad de la ciudadanía de la provincia de Córdoba y por lo tanto, resulta necesario garantizar el acceso a dicha información a toda la comunidad. 

El presente proyecto de Ley tiene como objetivo garantizar el derecho al acceso a la información pública de la comunidad sorda. Derecho establecido en la Ley Nacional Nº 27.275 y en la Ley Provincial Nº 8.803 de derecho al conocimiento de los actos del Estado, que no puede dejar afuera a esta minoría lingüística y cultural.

Al mismo tiempo, este proyecto de Ley se inscribe en los términos de la Ley Provincial Nº 8.690, que determina: “Todo establecimiento o dependencia, oficial o privado, con acceso al público deberá contar con el sistema de códigos imprescindibles para que las informaciones necesarias (habituales o de emergencia), sean reconocidas por las personas con discapacidades auditivas.”. 

En el camino al reconocimiento oficial de la Lengua de Señas Argentina que la comunidad sorda viene reclamando hace años, este es un primer paso para comenzar garantizando la inclusión. 

Leg. Luciana Echevarría

Bloque MST – Nueva Izquierda