Falso Síndrome de Alienación Parental – Proyecto de declaración – N° 31.046

 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA 

DECLARA

Su rechazo al uso del falso Síndrome de Alienación Parental (SAP), sus argumentos y cualquier tipo de justificación que se le aproxime en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia.

FUNDAMENTOS

El presente proyecto tiene por objeto rechazar el uso del falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) y sus argumentos en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia. Este posicionamiento se sustenta en la necesidad de evitar el uso de esta falacia que favorece la violencia de género y ampara abusadores en el ámbito judicial, generando un enorme perjuicio para niñas, niños, adolescentes y mujeres.

Recientemente fueron aprobados proyectos similares a este en las legislaturas de la provincia de Mendoza y Santa Fe como respuesta a la información falsa vertida en relación a la validez del falso SAP en medios masivos de comunicación con alcance nacional.

El Colegio de Psicólogos de nuestra provincia, a través de la Resolución Nº 746 del año 2013, definió al SAP de la siguiente manera: “El Síndrome de Alienación Parental (SAP) ideado por el Dr. Richard Gardner sostiene que un niño puede mentir cuando relata una experiencia de abuso sexual por parte del padre como consecuencia de haber sido programado por la madre, que ha  introducido ideas extrañas en la mente del niño producto de un lavado de cerebro, lo que genera en el  niño la convicción de lo que ha ocurrido y el rechazo al progenitor denunciado por abuso sexual o maltrato.

El supuesto SAP ha sido rechazado por la Organización Mundial de la Salud, la Asociación Española de Psiquiatría, la Asociación Americana de Psicología, la Asociación Americana de Psiquiatría por considerarlo inválido, la Asociación Médica Americana y la Asociación de Psicólogos Americana lo inhabilitan como síndrome por no haber sido debidamente probado. El supuesto SAP intenta demostrar la existencia de lo formulado por argumentaciones exclusivamente por lo tanto carece de soporte científico.”

Y agrega en detalle cuál es el tratamiento que se seguiría en su aplicación: “Gardner propone como intervención para el supuesto SAP, una vez que ha sido diagnosticado, lo que él llama terapia de amenaza que consiste en que el juez deberá cambiar inmediatamente la tenencia del niño y entregársela al padre falsamente acusado de abuso sexual (desde ahora  alienado), sin que tome contacto con la madre en ninguna forma (desde ahora  alienante), al comienzo el niño puede resistirse pero luego, comprenderá que fue sometido a un lavado de cerebro y aceptará al progenitor falsamente acusado. Esta terapia comienza con la mediación  de un psicólogo y si esta no da  resultado se procede a la coerción judicial. El terapeuta debe guiar la desprogramación del niño que está a cargo del padre  alienado, si el niño insiste en la negativa de rechazar al progenitor el paso siguiente es la internación del niño en un centro psiquiátrico.

Quienes defienden esta  intervención clínico-jurídica destinada a modificar la situación de los denunciados por delitos de  abuso sexual infantil e incesto paterno filial muestran un absoluto desconocimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes que son vulnerados en cada una de estas instancias que  plantean  los seguidores de Gardner en el ámbito jurídico, psicológico y psiquiátrico, violando además la legislación internacional vigente al respecto.” [1]

Esta postura científica es muy clara. Sin embargo, en ámbitos judiciales, varones adultos acusados de violencias graves y/o abusos sexuales en perjuicio de sus hijas o hijos menores de edad, invocan el falso SAP y en muchos casos estos argumentos son atendidos por el poder judicial. Incurriendo de esta manera en una violación a derechos fundamentales de las niñas y los niños, reconocidos en tratados internacionales de caracter constitucional al no creer en su palabra, obligándolos a convivir con sus abusadores. Y también violenta a las madres que, la mayoría de las veces, son quienes descubren las situaciones de abusos de sus hijas e hijos, denuncian a los abusadores y son hostigadas, desacreditadas por una justicia patriarcal que silencia la voz de las niñas y los niños víctimas de abuso sexual en la infancia. 

Nuestra provincia no es la excepción [2] en la aplicación de estos falsos preceptos en el ámbito judicial, donde algunos psicólogos, abogados, fiscales y jueces, utilizan estos argumentos para favorecer a abusadores infantiles. Según indica Hoy Dia Cordoba en su nota [3] del 24 de junio del 2020, 16 denuncias fueron archivadas a través del SAP. Se señala  que “Entre 2016 y 2017, la titular de la Fiscalía de Instrucción de Delitos contra la Integridad Sexual de Primer Turno, Alicia Chirino, fue cerrando una a una las 16 causas, sin haber imputado ni indagado a ninguno de los sospechosos.” “Emerge así (en los progenitores) una modalidad de cierto temor respecto a las vivencias que el niño pudiera estar atravesando. Ello habría conducido a realizar observaciones y preguntas al pequeño, a fin de discernir lo ocurrido. No se descarta que dicha modalidad parental pudiera incidir, así, en las significaciones construidas por el pequeño”, dice la pericia psicológica con la que Chirino fundamenta una de las resoluciones de archivo.”

El psiquiatra especializado Enrique Stola, aseguró también a través de sus redes [4] que el falso SAP está basado en dos ideas principales muy nocivas: la valorización del hombres como jefe de hogar sin importar que abuse de sus hijos o hijas y, por otro lado, la descalificación de la mujer en la sociedad patriarcal que aparece con absoluta claridad cuando la mujer recurre al poder judicial y es sospechada de querer perjudicar al hombre actuando por ‘despecho’ o venganza.

No se trata solo de la utilización del falso SAP nombrado como tal sino también cualquier tipo de justificación que se le aproxime.

La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, del Ministerio de Desarrollo Social difundió el pasado 18 de junio una publicación indicando que el uso del falso «Síndrome de Alienación Parental» (SAP) como argumento de pericias o decisiones en el marco de causas por impedimento de contacto o abuso sexual infantil provoca severos perjuicios a muchos chicos y chicas en sus derechos, y conto con la firma en apoyo de 85 referentes en temas de infancia. [5]

Los datos relevados de la linea nacional 0800-222-1717 por la Asociación Con Voz  [6] indican que de la totalidad de casos de abuso sexual durante la infancia atendidos por esa vía, el 75% de los agresores son familiares del niño o niña, y el 89% de los agresores son de género masculino. Del mismo informe se desprende que más de la mitad de los casos ocurren en el hogar de la víctima, situación que se agravó con el aislamiento social y preventivo como informó a este cuerpo el Ministerio de la Mujer de la provincia. 

Durante siglos las palabras de niños y niñas fueron silenciadas. A nadie se les ocurría escucharlos, no permitamos que esto siga ocurriendo en nuestra provincia ante hechos de semejante gravedad. 

Por todo lo expresado solicito a mis pares me acompañen apoyando este proyecto. 

Luciana Echevarría

Bloque MST Nueva Izquierda

[1] https://cppc.org.ar/importante-resolucion-de-junta-ejecutiva-n-74613-sobre-sindrome-de-alienacion-parental-s-a-p/

[2] https://www.pagina12.com.ar/228701-denuncian-que-la-justicia-de-cordoba-aplica-el-sindrome-de-a

[3] https://www.hoydia.com.ar/sociedad/70640-sindrome-de-alienacion-parental-rechazo-de-la-senaf-y-referentes-en-temas-de-infancia.html

[4] https://stolaenrique.co/

[5] https://www.telam.com.ar/notas/202006/478476-sindrome-alienacion-parental-rechazo.html

[6] https://www.instagram.com/p/CEFrFjbHOcK/