A LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Instruir a los Senadores Nacionales por Córdoba, según lo establecido en el artículo 104 inciso 5 de la Constitución Provincial para que, conforme sus atribuciones constitucionales,
rechacen los vetos contra la Ley de Emergencia Pediátrica (27.796) y la Ley de Financiamiento Universitario (27.795) que serían tratados el jueves 2 de octubre del corriente en la Cámara Alta.
FUNDAMENTOS
El pasado 17 de septiembre en todo el país hubo movilizaciones masivas en todo el país para defender las universidades y el Garrahan. En nuestra provincia más de 100 mil personas nos movilizamos por las calles de la capital. El reclamo fue contundente: no se puede admitir el veto a estas leyes que apuntan a asegurar el ejercicio de derechos constitucionales fundamentales como la salud y la educación.
La pretensión de un Poder Ejecutivo Nacional de imponer a cualquier costo un plan económico a todas luces fracasado, fue derrotada en el Congreso luego de ser derrotada en las calles. Hubo múltiples acciones en Rosario, Córdoba, Mendoza, Tucumán y decenas de ciudades más.
Durante meses, sin aceptar la tregua que quisieron imponer sectores mayoritarios de la dirigencia sindical, los jubilados, los trabajadores del CONICET y el Hospital Garrahan, con gran apoyo social, se plantaron frente a la represión de la ministra Patricia Bullrich y mantuvieron encendidos sus reclamos. La comunidad universitaria también fue protagonista: docentes, estudiantes y no docentes una referencia alrededor de la cual pudieron confluir miles de personas en una jornada nacional que explica, más allá de la convicción de los diputados, el rechazo parcial al veto presidencial.
Esta Legislatura, ha sido llamada a ponerse a la altura de las circunstancias históricas y de nuestro pueblo. No hay espacio para el cálculo mezquino que busca conservar el favor del gobierno nacional o medir de acuerdo a los focus group qué posición favorece a un candidato en las próximas elecciones legislativas nacionales.
La Constitución Nacional es clara, la educación es considerada un derecho y un bien público, que el Estado debe garantizar. En el artículo 14 se consagra el derecho a enseñar y aprender. A la vez la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y los tratados internacionales que desde la reforma de 1994 tienen jerarquía constitucional también aseguran la obligatoriedad y gratuidad de la educación. De la misma manera lo prevé el texto Constitucional provincial y la ley 8113.
En el mismo sentido el derecho al acceso a servicios de salud. El artículo 59 de la Constitución Provincial de Córdoba establece la salud como “un derecho al bienestar psicofísico, espiritual, ambiental y social, garantizado por el gobierno provincial a través de un sistema de salud con cobertura universal, acciones integrales y acceso igualitario a los recursos terapéuticos. El sistema provincial busca la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, controlando riesgos biológicos, sociales y ambientales, y gestionando las políticas sanitarias en concertación con otros niveles de gobierno e instituciones. A la vez, el derecho a la salud, si bien no se menciona explícitamente en un solo artículo de la Constitución Nacional, se garantiza a través de la protección del derecho a la vida que se encuentra en el artículo 43, así como la protección de la salud que figura en el artículo 42. Además, como en el caso de la educación los tratados internacionales con jerarquía constitucional incluyen la protección de la salud de las personas. Mucho más cuando se trata del acceso a la salud de los niños y niñas, cuyos derechos están considerados especialmente en la normativa vigente.
La ley en cuestión además implica asegurar la continuidad y desarrollo de las residencias nacionales en salud, que son fundamentales para la formación de nuevos profesionales especializados. Por lo tanto cumplen un papel decisivo en el desarrollo de políticas públicas de prevención y promoción de la salud.
Por todo esto, pese a que se trata de leyes nacionales que exceden la jurisdicción de esta Legislatura, creemos que la indiferencia no puede ser una opción. Y es fundamental que en virtud de las atribuciones constitucionales que tiene esta cámara, se apruebe el presente proyecto de resolución instando a los senadores nacionales por nuestra provincia a actuar de acuerdo a la demanda popular.

